La Dirección General de Contrataciones Públicas emitió una circular a las instituciones del Estado donde aclara que la gestión de los procedimientos de compras y contrataciones es competencia de las entidades contratantes y que su delegación a terceros no se contempla en la Ley No.340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y sus modificaciones.
“Respondiendo a nuestra función de verificar que las instituciones cumplan con la normativa vigente en materia decontratación pública, hemos identificado que algunas instituciones sujetas a la aplicación de la Ley No.340-06 y sus modificacioneshan anunciado públicamente el interés de delegar la gestión de sus procedimientos de contrataciones públicas a terceros, por lo que le hemos enviado este comunicado indicándoles que dichos procesos, según la Ley, deben ser llevados a cabo por las unidades operativas de los organismos contratantes”, sostuvo Carlos Pimentel, nuevo director general de Contrataciones Públicas.
En la misiva, Pimentel explicó que por lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Administración Pública No. 247-12, la delegación de competencia es permitida siempre que exista una habilitación previa de la Ley, derecho u ordenanza que así lo establezca, lo que no ocurre en el caso de las contrataciones públicas.
Indicó a las instituciones contratantes que, previo a realizar algún acuerdo que implique la delegación en la gestión de las contrataciones públicas a terceros, deberán consultar a esta Dirección General al respecto.
“Igualmente recordamos quese excluye de la aplicación de la Ley No.340-16 y sus modificaciones, los acuerdos de préstamos o donaciones de las instituciones dominicanas con otros Estados o entidades de derecho público internacional. Estos se regirán por las reglas convenidas y, en caso contrario, se aplicará la Ley”, resaltó el Director General de Contrataciones Públicas.
La Dirección General de Contrataciones Públicasrecordó a las instituciones del Estado que ofrece capacitaciones en toda la normativa que regula el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), así como sobre el uso del Portal Transaccional. Además, brinda asistencia técnica, presencial, vía telefónica, por correo y chat en línea para todo interesado que así lo requiera.
Sobre la Dirección General de Contrataciones Públicas
Es el órgano rector del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Obras y Servicios del Estado dominicano. Sus principales funciones abarcan regular y supervisar el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, y contribuiral desarrollo económico y social del país a través de un sistema de compras públicas transparente, sostenible, eficiente y que garantice la igualdad de oportunidades para todos/as los/as oferentes del Estado.
Fuente: hoy.com.do
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